¿Qué documentación necesitas para vender tu casa?

¿Qué documentación necesitas para vender tu casa?

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El tiempo medio estimado para la venta de una casa actualmente se sitúa entre 3 y 6 meses, aunque dependiendo de diversos factores, puede tardarse incluso más de un año. En todo caso, tener lista la documentación necesaria para la operación de compraventa te evitará retrasos innecesarios, y que se te escape un posible comprador. Recuerda que un agente inmobiliario profesional puede facilitarle la obtención de estos documentos si no sabes por dónde empezar.

Podemos clasificarlos en dos grupos: Documentos necesarios para anunciar la casa en Internet, y los necesarios para hacer la compraventa en notaría.

Para anunciar tu casa en Internet, deberías tener lo siguiente:

Cédula de habitabilidad: Es un documento que acredita que la vivienda reúne los requisitos necesarios para ser habitada. Dependiendo de la comunidad autónoma, tiene una vigencia de entre 5 y 15 años, y se puede obtener en la Delegación de Vivienda del Ayuntamiento.

Certificado de eficiencia energética: Es un documento donde se hace constar el nivel de consumo energético de una vivienda y las emisiones de CO2 que genera anualmente. Es obligatorio para toda vivienda en venta o alquiler y no disponer de él supone una infracción de hasta 6.000 euros, mientras que obtenerlo cuesta entre 60 y 100 euros. Debe realizarlo un técnico cualificado.

Para el momento firmar la compraventa en Notaría, deberás tener también:

Nota simple: La expide el Registro de la Propiedad donde esté inscrita la vivienda, y en ella se informa de las características básicas del inmueble, su propietario y las posibles cargas que conlleve. Es un documento público que puede solicitar cualquiera, y cuesta unos 3,50 euros.

Escritura de compraventa: Documento legal que acredita la compraventa de la vivienda y todos sus detalles, precio, forma de pago, etc. Es necesaria para poder inscribirla en el Registro.

Recibo del IBI: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, antes conocido como «la contribución urbana» es un impuesto que deben pagar todos los propietarios de viviendas por el hecho de serlo. Es de carácter anual, aunque puede abonarse de forma fraccionada, y se calcula sobre el valor catastral de la vivienda (oscila entre el 0,4% y 1,3%). Hay que transmitir la vivienda libre de cargas, y por tanto, al corriente del pago del IBI, presentando para ello un certificado.

Certificado de Inspección Técnica del Edificio (ITE). Es la conocida como ITV de los edificios, y son controles que buscan garantizar su seguridad y habitabilidad. Son obligatorias para todas las edificaciones de más de 45 años de antigüedad. Se solicita al presidente de la comunidad, administrador de fincas o al Ayuntamiento.

Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad, tanto de cuotas como derramas. Este certificado lo entrega el presidente o el administrador de fincas, y es gratuito.

Últimos recibos de suministros: Es necesario acreditar que no quedan deudas de suministro de agua ni de luz, bien aportando certificado de las compañías suministradoras, o bien aportando los recibos bancarios con los últimos cargos en cuenta.

Como puede ver, son bastantes documentos, y estos son sólo los básicos. Dependiendo de las circunstancias, pueden ser necesarios otros como, Certificado de VPO, Certificado de deuda hipotecaria, y otros muchos. Recuerde que, para evitar quebraderos de cabeza, nada como la figura de un buen agente inmobiliario que le guiará en todo este proceso, y además se hará cargo de buena parte de estas gestiones.

    Sebastian Lopez, agente inmobiliario en Las Palmas

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